Opinión jurídica

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viernes, 23 de octubre de 2020

 

DERECHO ROMANO

 

¿QUÉ ES EL DERECHO ROMANO?

El derecho romano son las normas y leyes jurídicas que fueron aplicadas a los ciudadanos desde la fundación de Roma (753 a.C) hasta mediados del siglo VI d.C, cuando el emperador Justiniano I reunió todas las compilaciones jurídicas previas en un solo ordenamiento jurídico llamado Corpus Iuris Civilis. El derecho romano, por su gran complejidad, aplicabilidad práctica y calidad técnica, aún hoy, es la base del derecho continental y de los códigos civiles contemporáneos, y se estudia en las facultades de Derecho de la mayoría de países que emplean el Derecho continental.

 

EL DERECHO ROMANO SE DIVIDÍA EN DOS TIPOS:

-Derecho privado: son las leyes que regulan las transacciones comerciales.

-Derecho público: se refiere a todas las leyes creadas para proteger a los ciudadanos.

 CARACTERÍSTICAS:

1. Tiene tres preceptos básicos

•Primero: vivir honestamente :se trata de llevar una vida pública honesta y transparente, porque lo contrario a ello implica violar las leyes y, por tanto, ser susceptible a sanciones.

•Segundo: no dañar a nadie: si se hace daño a terceros, entonces se hace obligatorio restituir de alguna forma el agravio físico, material o moral a través de la aplicación de la ley.

•Tercero: dar a cada uno lo suyo: si se cumplen los acuerdos, entonces cada uno recibirá lo que le corresponde según lo pactado. El incumplimiento de un convenio implica un acto de desigualdad para una de las partes, por lo tanto se hace necesaria administración de justicia.

2. Es tradicionalista

Aunque la forma de administrar la ley cambiara, las instituciones y las leyes fundamentales se mantenían, o en todo caso, se preservaba una parte. El derecho romano podía evolucionar, pero la creación jurídica se afianzaba en las tradiciones que le antecedían.

3. Es formal

Se refiere a la rigidez del acto jurídico. Esto se manifiesta en la creación de modelos o fórmulas que pudiesen ser aplicadas en diferentes casos, evitando interpretaciones discrecionales de la ley.

4. Es realista

Cuando las leyes escritas no servían para resolver un caso, se recurría a lo que decía la tradición (mores maiorum) para ajustar la ley a la realidad del momento.

5. Es individualista

Se refiere a la separación de los significados jurídicos dependiendo de su campo de aplicación, por lo cual se hacía una clara diferenciación entre ámbito social, moral y jurídico.

6. Es sencillo

Se refiere a la facilidad o naturalidad para aplicar la ley y solucionar casos actuales, basándose en cómo se aplicó la ley en el pasado.

 

FUENTES DEL DERECHO ROMANO

Las “fuentes del derecho” se refieren a los orígenes del saber jurídico. En el derecho romano, se dividen en tres categorías:

-Fuentes justinianeas: Son todas las recopilaciones ordenadas por el emperador Justiniano I

- Fuentes extra justinianeas:  trata de todos los textos o materiales jurídicos que no están incluidos en el Código Justiniano

-Fuentes extrajurídicas: Se refiere a todo registro escrito de las prácticas jurídicas romanas

 

PERÍODOS DEL DERECHO ROMANO

Según la manera en la que se interpretaban las leyes y se administraba la justicia se identifican 4 períodos del derecho romano:

1.-Período arcaico (754 a. C - 450 a. C)

Es la etapa que corresponde a la fundación de Roma, cuando las leyes eran costumbres y tradiciones orales llamadas “costumbres de los ancestros”. También en este período se hizo necesario tener leyes escritas, lo que impulsó la creación de la Ley de las 12 tablas, que se convirtió en el primer texto jurídico de los romanos.

La Ley de las 12 tablas debe su nombre a las tablas de madera y bronce donde fueron escritas. Fueron expuestas al público como una manera de evitar interpretaciones subjetivas de la ley.

Por ello, a las 12 tablas también se les llamó Ley de igualdad romana y fueron el primer ordenamiento jurídico escrito de los romanos.

estas se dividen de la manera siguiente:

Tablas I, II y III: Derecho procesal privado

Tablas IV y V: Derecho de familia y Sucesiones

Tablas VI y VII: Derecho de obligaciones y Derechos reales

Tablas VIII y IX: Derecho público (Derecho penal de la época)

Tabla X: normas sobre enterramientos, incineraciones y funerales

Tablas XI y XII: prohibición de contraer matrimonios mixtos

2.- Período preclásico (450 a. C - 130 a. C)

En esta etapa, la administración de la justicia ya no le corresponde solo a los pontífices, sino al pretor, la figura de mayor autoridad después del cónsul, el magistrado de mayor importancia de la época.

3.- Período clásico (130 a.C - 230 d. C)

Esta etapa se caracterizó por la aplicación de la Ley de proceso formulario (Lex Aeubutias), un nuevo sistema legal basado en fórmulas.

Las partes esenciales de la fórmula eran:

•Designatio: designación de juez.

•Demostratio: demostración de hechos a través del relato.

•Intentio: el accionante (la persona que demanda justicia) expresa qué pretende conseguir.

•Condemnatio: según lo expresado en la intentio, el juez decide si condena o absuelve.

La finalidad de la Ley de proceso formulario era sistematizar la administración de justicia para disminuir las posibilidades de interpretación injusta.

4.- Período postclásico (230 d. C - 527 d. C)

Esta época está caracterizada por un control absoluto del emperador en todas las esferas del poder, incluyendo las leyes. Esto se tradujo en una invisibilización de la ciencia de derecho, ya que la aplicación de justicia se hacía desde el poder, con las desigualdades que esto implicaba.

El derecho romano se considera un excelente medio de educación jurídica. Los grandes jurisconsultos romanos, principalmente de la época clásica (entre el 130 a. C. y el 230 d. C.), brillaron por su capacidad creadora de nuevas instituciones, con su plasmado pragmático sobre el edicto pretorio, buscando siempre la consecución del ideal de justicia procedente de la filosofía griega del suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo). Leibniz los comparaba con los matemáticos que aplicaban sus principios como fórmulas algebraicas. Asimismo, el derecho romano es indispensable para comprender la historia y literatura romanas, ya que los ciudadanos romanos estaban iniciados para la práctica del derecho y tenían una inclinación natural hacia su estudio.



FLOR ANAID RIZO BENAVIDEZ, estudiante de la facultad de Derecho de la Universidad de León plantel San Francisco, quien cursa el primer cuatrimestre de  la carrera y tiene como materia Derecho Romano.

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