CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL Y ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Concepto de Acción de Inconstitucionalidad
Primero se tiene que revisar que una ley ordinaria o Tratado
Internacional sea conforme o está
regulada a los principios de nuestra Constitución Política De Los Estados
Unidos Mexicanos, de no ser así, se alega una contradicción entre la norma
general y la ley ordinaria, entonces aquí es donde observamos que se presenta
una acción de inconstitucionalidad.
En pocas palabras se podrá decir
que una Acción de Inconstitucionalidad es un instrumento por el que se puede
plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y la
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
¿Quiénes pueden impulsar una Acción de Inconstitucionalidad?
- La Cámara de Diputados.
- El Senado de la República.
- Los Congresos Estatales.
- Procuraduría General de la República.
- Así como por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Cabe mencionar que dichas acciones
podrán ejercitarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha
de publicación de la norma. En el caso de los diputados podrán interponerse en
contra de leyes federales y por otro
lado, los senadores podrán hacerlo en reconvención de leyes federales o
tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano.
¿Quién pude resolver una Acción de Inconstitucionalidad?
Dichas acciones son desahogadas
por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), si la SCJN declara que
una norma es contraria a la Ley Suprema, esta no podrá volver a tener vigencia
ni aplicársele a persona alguna.
Ahora veremos lo que es una Controversia Constitucional.
Concepto de Controversia Constitucional
Es un juicio que se promueve ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación para resolver los conflictos que surjan entre poderes federales,
poderes de los estados, órganos de gobierno de la CDMX ( poder municipal) las
órdenes de dichos poderes o por cualquier tipo de violación a la Constitución
Federal por parte de los órganos señalados. Podríamos decir que estas
Controversias Constitucionales se manifiestan cuando existe una invasión de
poder de un ente de gobierno a otro en la toma de decisiones.
La controversia constitucional tiene como finalidad
fortalecer el federalismo y garantizar la supremacía de la Constitución.
¿Quiénes pueden suscitar una Controversia Constitucional?
- La Federación.
- El Municipio.
- Una Entidad Federativa.
- El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión.
Para concluir la diferencia entre una Acción de
Inconstitucionalidad y una Controversia Constitucional es que en esta última
existe una invasión de poder ya sea en un decreto o reglamento que emite un
poder federal, estatal o municipal cuando realmente le tocaba a otro poder
presentar dicha acción. Mientras que en una acción de inconstitucional solo
existe una contradicción entre una norma general y la Constitución. Su
fundamento de la acción de inconstitucionalidad y la controversia
constitucional lo encontramos en el artículo 105 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos. Ambas se presentan ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación y es esta quien las resuelve.
Jennifer Rayas Andrade, estudiante de la Universidad de León, cursando en el noveno cuatrimestre, comparte opinión de la clase de constitucional.
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