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sábado, 15 de agosto de 2020

CONSTITUCIONAL.

 

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL Y ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.

Concepto de Acción de Inconstitucionalidad

Primero se tiene que  revisar que una ley ordinaria o Tratado Internacional sea conforme  o está regulada a los principios de nuestra Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, de no ser así, se alega una contradicción entre la norma general y la ley ordinaria, entonces aquí es donde observamos que se presenta una acción de inconstitucionalidad.

En pocas palabras se podrá decir que una Acción de Inconstitucionalidad es un instrumento por el que se puede plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.

¿Quiénes pueden impulsar una Acción de Inconstitucionalidad?

  •         La Cámara de Diputados.
  •        El Senado de la República.
  •          Los Congresos Estatales.
  •          Procuraduría General de la República.
  •      Así como por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Cabe mencionar que dichas acciones podrán ejercitarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma. En el caso de los diputados podrán interponerse en contra de  leyes federales y por otro lado, los senadores podrán hacerlo en reconvención de leyes federales o tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano.

 ¿Quién pude resolver una Acción de Inconstitucionalidad?

Dichas acciones son desahogadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), si la SCJN declara que una norma es contraria a la Ley Suprema, esta no podrá volver a tener vigencia ni aplicársele a persona alguna.

Ahora veremos lo que es una Controversia Constitucional.

Concepto de Controversia Constitucional

Es un juicio que se promueve ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver los conflictos que surjan entre poderes federales, poderes de los estados, órganos de gobierno de la CDMX ( poder municipal) las órdenes de dichos poderes o por cualquier tipo de violación a la Constitución Federal por parte de los órganos señalados. Podríamos decir que estas Controversias Constitucionales se manifiestan cuando existe una invasión de poder de un ente de gobierno a otro en la toma de decisiones.

La controversia constitucional tiene como finalidad fortalecer el federalismo y garantizar la supremacía de la Constitución.

 ¿Quiénes pueden suscitar una Controversia Constitucional?

  •      La Federación.
  •      El Municipio.
  •         Una Entidad Federativa.
  •       El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión.

Para concluir la diferencia entre una Acción de Inconstitucionalidad y una Controversia Constitucional es que en esta última existe una invasión de poder ya sea en un decreto o reglamento que emite un poder federal, estatal o municipal cuando realmente le tocaba a otro poder presentar dicha acción. Mientras que en una acción de inconstitucional solo existe una contradicción entre una norma general y la Constitución. Su fundamento de la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional lo encontramos en el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ambas se presentan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y es esta quien las resuelve.

 

  

 Jennifer Rayas Andrade, estudiante de la Universidad de León, cursando en el noveno cuatrimestre, comparte opinión de la clase de constitucional. 

                                                             

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